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¿Qué es el IGIC y cómo funciona?

El IGIC, o Impuesto General Indirecto Canario, es un tributo que se aplica en las Islas Canarias sobre el consumo de bienes y servicios. Su objetivo es financiar los gastos públicos y contribuir al desarrollo económico de la región. Este impuesto se diferencia del IVA, ya que tiene tipos impositivos propios y algunas particularidades en su aplicación. Además, el IGIC cuenta con una serie de exenciones y bonificaciones que buscan incentivar ciertas actividades económicas dentro del archipiélago.

Contenido

¿Quiénes son los Sujetos Pasivos del IGIC?

Los sujetos pasivos del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) son aquellos individuos o entidades que están obligados a presentar este impuesto. Pero, ¿quiénes son realmente estos sujetos? ¡Vamos a sumergirnos en los detalles!

Empresarios y Profesionales: Los Pilares del IGIC

Para comprender quiénes son los sujetos pasivos del IGIC, primero debemos mirar hacia los empresarios y profesionales. Estos son aquellos que realizan actividades empresariales o profesionales de manera habitual.

En otras palabras, aquellos que están en constante movimiento dentro del mundo de los negocios.

Arrendadores y Promotores Inmobiliarios: Más Allá del Común

Pero la lista no termina ahí. También entran en juego aquellos que se dedican al arrendamiento de bienes y los promotores inmobiliarios. ¿Qué los une? La búsqueda de ingresos continuos a lo largo del tiempo.

Sí, ¡estamos hablando de aquellos que hacen de los bienes raíces su campo de juego!

Los Indiscutibles: Sociedades Mercantiles y Autónomos

No se puede hablar de sujetos pasivos del IGIC sin mencionar a las sociedades mercantiles y a los autónomos. Son los actores principales en este escenario fiscal, jugando un papel importante en el funcionamiento de este impuesto.

Desglose de los tipos de IGIC

Ahora, vamos al grano. ¿Cuántos tipos de IGIC hay y en qué se aplican? ¡Aquí te lo contamos!

Tipo cero: ¡Nada que pagar!

El primero en la lista es el tipo cero, ¡sí, lo has leído bien, cero! Este tipo se aplica a cosas como la entrega de agua, la venta de productos sanitarios, libros, periódicos y revistas, y hasta la ejecución de obras en viviendas de protección oficial. ¡Es genial! Y eso no es todo, también se aplica al transporte aéreo o marítimo entre las islas.

Tipo reducido: ¡Solo un 3%!

Luego está el tipo reducido, que es del 3%. Este se aplica a industrias como la minera, química, textil, madera, papelera, transporte terrestre y reparación de vehículos. No está mal, ¿verdad?

Tipo general del 7%: Para todo lo demás

Ahora, el tipo general, que es del 7%. Este se aplica a todas esas cosas que no entran en las categorías anteriores. Es como el tipo estándar, ¿entiendes?

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Tipo incrementado: ¡Subiendo al 9.5%!

¡Pero espera, hay más! El tipo incrementado es del 9.5% y se aplica a las entregas de algunos vehículos o medios de transporte. Así que, si estás pensando en comprar un coche nuevo, ten en cuenta este tipo.

Tipo especial incrementado: ¡El 15%!

Llegamos al tipo especial incrementado, que es del 15%. Aquí entran cosas como los cigarros puros caros, la venta de bebidas alcohólicas y artículos de joyería. Es como el lujo del IGIC.

Tipos especiales: ¡Al 20% y al 35%!

Y por último, pero no menos importante, tenemos los tipos especiales, ¡al 20% y al 35%! Estos se aplican a la elaboración de tabaco negro y las labores de tabaco rubio. Así que, ya sabes, si fumas, esto te interesa.

Tipo cero especial y reducción de la cuota para paliar los efectos del volcán de La Palma

Ahora, pasemos a algo más serio. La Agencia Tributaria Canaria ha aprobado una prórroga especial hasta el 31 de marzo de 2024. Esto es para ayudar a reparar y reactivar cualquier actividad económica afectada por la erupción del volcán de Cumbre Vieja. Además, ¡también se aplica a la importación de viviendas prefabricadas para los habitantes de La Palma! Es un respiro en medio de la crisis.

Tipo cero especial para material sanitario contra el Covid

Y por si fuera poco, el gobierno canario ha extendido hasta el 31 de marzo de 2024 el tipo cero especial para material sanitario relacionado con el Covid. ¡Así que protegerse del virus no te costará ni un céntimo más!

Operaciones Exentas del IGIC

¡Hola a todos! Hoy vamos a sumergirnos en el mundo del IGIC, ese impuesto que a veces nos puede traer dolores de cabeza, pero ¡tranquilos! Vamos a desglosar todo lo que necesitas saber de una manera fácil de entender.

¿Qué Operaciones No Pagan IGIC?

Imagina esto: estás haciendo algunas transacciones, pero de repente te das cuenta de que no tienes que pagar el famoso Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). ¿Por qué? Porque hay algunas operaciones que están exentas. ¿Cuáles son esas operaciones mágicas? Bueno, vamos a echarles un vistazo.

Actividades No Empresariales y Entre Particulares

Primero y principal, el IGIC no toca a esas operaciones que haces como persona común y corriente. Así es, cuando haces algo entre tú y otro particular, el IGIC ni siquiera se molesta en asomar la cabeza.

Operaciones Sin Fin Oneroso

Otro punto interesante es que si estás haciendo algo sin esperar recibir algo a cambio, tampoco tendrás que preocuparte por el IGIC. Es como si el impuesto dijera: “¿No hay ganancia? Bueno, pues no hay impuesto”.

¿Qué Actividades Están Exentas?

Ahora, pasemos a lo jugoso: ¿qué actividades específicas están exentas de este impuesto? ¡Aquí te lo cuento!

Servicios Postales

¿Quién no ama recibir cartas o paquetes? Pues, bueno, el IGIC tampoco los grava. Así que puedes enviar y recibir tus cartas sin preocupaciones.

Asistencia Sanitaria y Social

La salud es lo primero, ¿verdad? Por eso, las operaciones relacionadas con la asistencia sanitaria y social están exentas del IGIC. Porque, ¿quién querría gravar la salud?

Educación

¡Aprender es siempre genial! Y afortunadamente, las operaciones educativas están exentas del IGIC. Así que si estás pagando por tu educación, al menos te ahorras el IGIC.

Servicios Deportivos y Culturales

¿Eres un aficionado al deporte o a la cultura? Buenas noticias, las operaciones relacionadas con estos ámbitos están exentas del IGIC. Así que disfruta de tus eventos deportivos y culturales favoritos sin preocuparte por impuestos.

Operaciones Financieras y de Seguro

El mundo financiero y de los seguros también tiene su lugar en la lista de exentos. Así que si estás realizando operaciones en este ámbito, respira tranquilo, el IGIC no está por aquí.

Comercio Minorista

Y por último, pero no menos importante, el comercio minorista. Sí, esas pequeñas tiendas que tanto nos gustan están exentas del IGIC. Así que ve y compra sin miedo, ¡el IGIC no te lo impedirá!

¿Qué Tienes Que Saber Si Eres Autónomo?

Si eres autónomo, hay algo que debes tener en cuenta. Estás exento del IGIC siempre y cuando no superes los 30.000€ de facturación anual. Pero ojo, este régimen es opcional. Así que si cumples con los requisitos, puedes optar por este beneficio.

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¿Qué es el Régimen Simplificado del IGIC?

El Régimen Simplificado del IGIC es una modalidad especial de tributación que se aplica automáticamente a personas físicas que realizan actividades específicas en Canarias, a menos que renuncien expresamente a él. Este régimen está regulado por la orden del Gobierno de Canarias del 21 de marzo de 2007.

Exclusiones del Régimen Simplificado

No todas las actividades califican para este régimen. Se excluyen automáticamente aquellas personas cuyos ingresos superen ciertos límites:

  1. Aquellas con ingresos anuales superiores a 150.000 euros.
  2. Actividades agrícolas, forestales y ganaderas con ingresos anuales superiores a 250.000 euros.
  3. Cuando las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios superen los 150.000 euros anuales, excluido el IGIC.

Funcionamiento del Régimen

El régimen simplificado del IGIC opera de la siguiente manera:

  1. Cálculo del IGIC Devengado: La normativa establece las cantidades de IGIC a pagar mediante índices o módulos, permitiendo la deducción del IGIC soportado en compras, inversiones y arrendamientos, con ciertos límites.
  2. Deducción del IGIC Soportado: Puede realizarse trimestralmente o de una vez en el cuarto trimestre.
  3. Límites de Liquidación: El resultado de la liquidación del impuesto no puede ser inferior al límite establecido por ley para cada actividad.

Reducciones Especiales para La Palma

Para mitigar los efectos del volcán de La Palma, se han implementado reducciones en la cuota anual devengada para contribuyentes en régimen simplificado en esta isla. En 2024, estas reducciones oscilan entre el 10% y el 30%, dependiendo del área.

Recargo a la Importación para Comerciantes Minoristas

Recargo Especial en Importaciones para Comerciantes Minoristas

¿Qué Implica el Régimen Especial para Comerciantes Minoristas?

El mundo del comercio minorista en Canarias tiene sus propias reglas, y para los comerciantes minoristas, existe un régimen especial que deben cumplir de manera obligatoria. Pero, ¿qué implica este régimen y cómo afecta a los comerciantes minoristas?

Definición de Comerciante Minorista según el IGIC

Antes de adentrarnos en los detalles del régimen especial, es importante comprender quiénes son considerados comerciantes minoristas según el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario). En términos simples, se considera comerciante minorista a aquellos sujetos pasivos que cumplen con los siguientes requisitos:

  1. Realizan ventas habituales de bienes muebles o semovientes sin haberlos sometido a procesos de fabricación, elaboración o manufactura.
  2. El 70% de las ventas realizadas desde el establecimiento situado en Canarias deben tener como destinatarios a consumidores finales.

Exención de IGIC y Recargo en Importaciones

Una de las particularidades del régimen especial para comerciantes minoristas es que no están obligados a repercutir el IGIC por las entregas de bienes o prestaciones de servicios que realicen. Esto significa que no pueden deducirse el IGIC que hayan soportado en sus compras.

Sin embargo, las importaciones sujetas al impuesto realizadas por los comerciantes minoristas están sujetas a un recargo especial, el cual se determina de la siguiente manera:

  • Tipo 0% para importaciones sujetas al tipo cero.
  • Tipo 0,3% para importaciones sujetas al tipo reducido del 3%.
  • Tipo 0,7% para importaciones sujetas al tipo general del 7%.
  • Tipo 0,95% para importaciones sujetas al tipo incrementado del 9,5%.
  • Tipo 1,5% para importaciones sujetas al tipo incrementado del 15%.
  • Tipo 2% para importaciones sujetas al tipo especial del 20%.

Procedimiento de Liquidación

La liquidación del recargo se realiza en el momento en que se produce el levantamiento de la mercancía en aduanas. Es importante que los comerciantes minoristas estén al tanto de estos porcentajes y procedimientos para evitar sorpresas desagradables al importar productos.

Obligaciones Formales y Fiscales

Desde la declaración censal hasta las liquidaciones trimestrales, aquí te contamos todo lo que necesitas saber para mantenerte al día con el fisco.

Declaración Censal: Punto de Partida

Antes de empezar a moverte en el terreno empresarial, tienes que presentar la declaración censal ante el IGIC. ¿Cuándo? ¡Antes de iniciar tu actividad! Esto se hace a través del modelo 400 y lo mandas directo a la Administración Tributaria Canaria. Pero espera, ¡hay más! Además de este trámite local, también necesitas el modelo 036 (o su versión simplificada, el 037) a nivel nacional.

Actualización Constante: Modelo 036

El modelo 036 no es solo para los comienzos. Si algún dato de tu actividad cambia, ¡este es tu formulario! Cualquier modificación en tus datos identificativos o cualquier otra información relevante, la actualizas aquí. También sirve para declarar el cese en tu actividad cuando sea necesario.

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Liquidaciones Trimestrales: Mantén el Ritmo

Una vez que estás en marcha, toca el turno de las liquidaciones trimestrales del impuesto. Aquí hay dos modelos dependiendo de tu régimen tributario:

  • Modelo 420: Para el régimen general.
  • Modelo 421: Si estás bajo el régimen simplificado.

Y no olvides las fechas importantes:

  • Primer Trimestre: Del 1 al 20 de abril.
  • Segundo Trimestre: Del 1 al 20 de julio.
  • Tercer Trimestre: Del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto Trimestre: Del 1 al 30 de enero.

Resumen Anual: ¡No te lo Saltes!

Además de los trámites trimestrales, tienes que preparar el resumen anual del IGIC en enero. ¿Cómo? Usando el modelo 425, haces la declaración correspondiente y mantienes todo en orden.

Declaración Informativa: Modelo 415

Por último, pero no menos importante, presentas la declaración informativa, Modelo 415. Aquí reúnes a todos tus clientes y proveedores con los que has hecho operaciones anuales superiores a 3.006€ en el año anterior. ¡Este trámite se hace en febrero!

Y ahí lo tienes, todo lo que necesitas para mantenerte al día con tus obligaciones formales y fiscales como autónomo en Canarias.

¿Qué Libros Debes Mantener si Eres Contribuyente del IGIC?

Si te encuentras bajo el Régimen General del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), estás obligado a mantener varios libros contables. Estos documentos son fundamentales para el adecuado registro y control de tus operaciones fiscales. Veamos cuáles son estos libros según el régimen en el que te encuentres.

Régimen General del IGIC

En el Régimen General del IGIC, es necesario llevar tres libros contables:

  1. Libro de Facturas Emitidas: Aquí debes registrar todas las facturas que emitas como parte de tus operaciones comerciales.
  2. Libro de Facturas Recibidas: Debes anotar en este libro todas las facturas que recibas por tus adquisiciones de bienes y servicios.
  3. Libro de Bienes de Inversión: En este libro se registran los bienes de inversión que adquieras y que estén sujetos al IGIC.

Régimen Simplificado del IGIC

Para aquellos contribuyentes que se acojan al Régimen Simplificado del IGIC, los requisitos son un poco más simples. Solo necesitas mantener dos libros:

  1. Libro de Facturas Recibidas: Debes registrar todas las facturas que recibas como parte de tu actividad comercial.
  2. Libro de Bienes de Inversión: Al igual que en el Régimen General, aquí se anotan los bienes de inversión sujetos al IGIC.

Régimen Especial de Comerciantes Minoristas

Los contribuyentes que operan bajo el Régimen Especial de Comerciantes Minoristas deben cumplir con los mismos requisitos que aquellos en el Régimen General. Sin embargo, hay una diferencia importante en las facturas emitidas. En estas facturas, es necesario especificar la condición de “comerciante minorista“.

Régimen de Devolución Mensual y Grandes Empresas

Por otro lado, los empresarios y profesionales que estén en el Régimen de Devolución Mensual o sean considerados Grandes Empresas tienen una responsabilidad adicional. Deben enviar de manera inmediata el detalle de sus registros de facturación a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.

Esto se realiza según el nuevo sistema de llevanza de libros registro del IGIC, basado en el Suministro Inmediato de Información (SII).

¿Qué sucede con las Ventas a Canarias desde la Península?

Las empresas y autónomos de la península que venden a Canarias están exentos de incluir el IVA en sus facturas. Tampoco se aplica el IVA a la prestación de servicios en este caso. ¿Cómo facturar desde España península a Canarias?

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